Cómo dar de baja un autónomo en Hacienda y en la Seguridad Social. Pasos.

Cómo tramitar la baja de autónomo en Hacienda y Seguridad Social


Tramitar la baja de autónomo no consiste simplemente en presentar varios formularios a la Seguridad Social, Hacienda y ya está. Debes tener varios factores en cuenta de cara a presentar la documentación pertinente y salir lo mejor parado posible. Desde MARTIN LAUCIRICA GRUPO ASESOR queremos ayudarte con varios consejos, teniendo en cuenta las diferentes circunstancias que puedes tener como trabajador por cuenta propia. Recuerda siempre que la tendrás que preparar de manera paralela; es decir, pensándolo de cara a la Seguridad Social y Hacienda siempre de manera independiente, tal y como sucedió cuando iniciaste tu actividad. ¡Vamos a ello!

Tramitar la baja de autónomo en Hacienda:

El Modelo 036 y si es en bizkaia, gipuzkoa, álava o Navarra su modelo propio. 036

Será el principal formulario que tendrás que presentar en Hacienda. Mediante este papel debes informar a la administración sobre los motivos que fomentan tu baja en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores.

La baja la puedes presentar con fecha de hasta un mes antes. Esto quiere decir que si por ejemplo presentaras el Modelo en Hacienda en el mes de enero, podrías inculir la fecha de diciembre, y así no tendrías que presentar la liquidación del siguiente ejercicio. Ten muy en cuenta esto a la hora de tramitar tu baja como autónomo en Hacienda, para así ahorrarte presentar futuros modelos de autoliquidación trimestrales.

 ¿Qué modelos tendré que presentar a Hacienda?

Todos los modelos relacionados con IVA son obligatorios (303 y 390). Si tienes local y lo has alquilado, emitiendo factura con retención, tendrás que presentar también el modelo anual relacionado 180 y el trimestral, 115. Si tuviste trabajadores, ten presentes los modelos 111 y 190.

 

Cómo tramitar la baja de autónomo en la Seguridad Social:

El Modelo que debe presentarse para ello es el TA.0521/1. Tal y como sucede en Hacienda, tienes la posibilidad de incluir una fecha de baja incluida justo en el mes anterior, pero eso sí, con un mínimo de 15 días. Es decir, si presentaras tu baja un 16 de febrero podrías incluir en la fecha el 31 de enero.

Desde MARTIN LAUCIRICA GRUPO ASESOR  te aconsejamos que, si quieres tramitar tu baja como autónomo de manera telemática, es muy importante que cuentes con un certificado digital, DNI electrónico o estés registrado ya en el sistema de Cl@ve PIN (antiguo PIN24Horas). Piensa a este respecto que la preparación de toda la documentación para que esté todo en orden y tramitar así la baja en ambas administraciones públicas podría tardar de uno a dos días.

Consejos para solicitar la prestación por cese de actividad:

Recuerda que hace muy poco se modificaron las condiciones necesarias para poder acceder a la prestación por cese de actividad prevista para autónomos, aunque sigue siendo complicado conseguirla. Si puedes acceder a ella por haber estado cotizado por cese de actividad un mínimo de un año y lógicamente no tienes deudas con la administración pública, tendrás que tramitar la prestación con tu mutua y presentar la solicitud hasta el último día del mes siguiente al que se produjo el cese de actividad. Nosotros te recomendamos que presentes la solicitud antes de 15 días hábiles desde que presentaste la baja en la Seguridad Social y, como te pedirán muchos papeles para acreditar tus pérdidas, que acumules cuantos más mejor antes incluso de solicitar la baja, para así estar preparado.

Recuerda que tienes que justificar pérdidas superiores al 10% de sus ingresos en un año (sin poder incluir en el cómputo tu primer año como autónomo) o haber recibido una ejecución judicial en la que se especifique que tienes deudas por impagos que comportan el 30% de los ingresos en el año anterior. Infórmate en tu mutua, pues será la encargada de gestionar tu solicitud.

 Íñigo Martín Laucirica



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