como tramitar un Erte – Expediente Temporal de Regulación de Empleo ( ERTE )
- 16/03/2020
- Posted by: Martín Laucirica
- Categories: coronavirus - covid-19, Laboral
CÓMO TRAMITAR UN ERTE
EXPEDIENTE TEMPORAL DE REGULACIÓN DE EMPLEO (ERTE)
- ¿ Qué es ?
Una autorización temporal para suspender los contratos de trabajo durante un tiempo determinado quedando exentos de pagarles la nómina y la cotización a cargo del trabajador
No cobran ni generan derecho a pagas extras ni vacaciones durante el tiempo que permanecen fuera de su puesto de trabajo.
- ¿ Cómo se inicia?
Se inicia mediante la solicitud de la empresa ante la Dirección General de Trabajo de la Comunidad Autónoma donde la empresa tenga su domicilio social, acompañada de los medios de prueba que estime necesarios; y simultánea comunicación a los trabajadores.
Por tanto, se inicia con la comunicación a los trabajadores y a la Dirección General, quien además consulta a la Inspección de Trabajo. Posteriormente, el ERTE será autorizado o denegado por la Autoridad Laboral en el plazo de 5 días, o en su caso hará un requerimiento para subsanar posibles omisiones u errores.
El trabajador se encontrará en una situación legal de desempleo.
- ¿Pierden prestación los trabajadores en ERTE y cuanto cobran los trabajadores ?
La autoridad laboral puede autorizar que el tiempo en que se perciban las prestaciones por desempleo no se compute a los efectos de consumir los períodos máximos de percepción establecidos.
El trabajador percibe del SEPE el 70% de la base reguladora durante los 6 primeros meses en función de sus circunstancias personales; los meses posteriores se percibe el 50% de la base reguladora. En aquellos casos en los que el convenio colectivo correspondiente lo establezca, se deberá complementar el salario por parte de la empresa.
- ¿Hay periodo de consultas en un ERTE por fuerza mayor?
En el procedimiento simplificado por causa de fuerza mayor se elimina el periodo de consultas con los trabajadores. La única obligación para la empresa es comunicar por escrito la decisión a todos sus trabajadores, o al representante de éstos las empresas que tengan delegado o comité de empresa.
- Tengo algún coste salarial mientras está vigente el ERTE?
El empresario está obligado a mantener a los trabajadores dados de alta y seguir pagando la totalidad de su aportación a la Seguridad Social (cuota empresarial), pero no así el pago de las nóminas, salvo que el convenio establezca que deba de complementar las mismas o lo haga voluntariamente.
- Documentación a presentar
- Modelo de solicitud
- Ficha estadística.
- Ficha relación de trabajadores
- Nómina de los trabajadores afectos por el ERTE (aconsejable).
- Contrato de trabajo de los trabajadores afectos por el ERTE (aconsejable).
- Carta de comunicación del ERTE a los trabajadores firmada por la
- Memoria explicativa
- Listado de los trabajadores mayores de 55 años afectos por el ERTE
- Comunicado emitido al representante de los trabajdores
- Autorización administrativa y fotocopia DNI del administrador de la empresa
- Empresa:
Nombre social CIF Domicilio
Número de la SS CNAE
Convenio Colectivo aplicable Antigüedad
Naturaleza de empresa (privada o pública)
2- Centros de trabajo
Número de centros de trabajo Localidad de cada centro
Número total de trabajadores de cada centro; hay que distinguir entre hombres y mujeres
3- Representante de los trabajadores: en el caso de que no haya un representante de los trabajadores hay que designar a alguien. à destinatario de las comunicaciones por parte de la Autoridad Laboral.
Nombre y dos apellidos Número de teléfono Email
Puesto en la empresa
Saber si está afecta o no al ERTE
4- Trabajadores
DNI
Nombre y dos apellidos Fecha de nacimiento Lugar de nacimiento Domicilio
Categoría profesional