Documentación para solicitar on line un ERTE – Expediente de Regulación de Empleo

COMUNICACIÓN-TRABAJADORES-ERTE

En el contexto actual que estamos viviendo, en el que se están adoptando disposiciones extraordinarias y urgentes para frenar el avance del coronavirus o COVID-19, son muchas las empresas que se han visto obligadas a cerrar sus negocios o que han reducido su actividad por este motivo.

Con la publicación del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, se han adoptado una serie de medidas dirigidas a paliar el impacto económico que la declaración del estado de alarma ha tenido sobre el mercado. La disposición más relevante consiste en la posibilidad de encuadrar como fuerza mayor la suspensión o reducción de los contratos que se deban efectuar con motivo de la situación en la que nos encontramos.

En este artículo, abordaremos el procedimiento que debe seguirse para poder adoptar esta medida.

La documentación necesaria para solicitar un Expediente de Regulación de Empleo por fuerza mayor es la siguiente:

  1. Solicitud Regulación Empleo (fuerza mayor). Es rellenable.
  2. Relación de trabajadores afectados por el ERTE. Es rellenable.
  3. Ficha estadística.
  4. Informe relativo a la vinculación de la pérdida de la actividad como consecuencia del COVID-19.
  5. Documentación acreditativa de la fuerza mayor. Este circunstancia podrá acreditarse mediante entrega de la Orden gubernativa exigiéndole el cierre del negocio o mediante los medios de prueba que demuestren la pérdida de actividad como consecuencia del COVID-19 (mails de clientes rechazando los servicios, …)
  6. Informe de Trabajadores de Alta (ITA).
  7. Copia del Alta en el IAE.
  8.    Justificante del envío a los trabajadores de la Comunicación trabajadores ERTE y del escrito de solicitud.
  9. Justificante del envío a los representantes legales de los trabajadores (si los hay) del escrito de solicitud, del Informe y de la documentación acreditativa.

Esta documentación se debe enviar a la autoridad laboral (Departamento de Trabajo y Justicia del Gobierno Vasco) por vía telemática.

El enlace es el siguiente: https://www.euskadi.eus/comunicacion/expedientes-de-regulacion-de-empleo/web01-tramite/es/. Tramitación telemática de ERES. Para realizar la Comunicación a la Administración, deberá:

  • disponer de un medio de identificación electrónica,
  • preparar toda la documentación necesaria, escanearla en formato PDF (o en uno de los formatos admitidos) y guardarla en el ordenador,
  • rellenar los formularios, si los hubiera, y guardarlos en el ordenador,
  • acceder al servicio electrónico.

Se mostrarán cuatro pasos:

  • cumplimentar la comunicación,
  • adjuntar los documentos y formularios preparados,
  • firmar la comunicación,
  • enviar la comunicación y la documentación aportada.

Cuando se ha realizado el envío, se muestra una pantalla con el acuse de recibo.

Durante el tiempo de aplicación del ERTE, el trabajador percibirá la prestación del SEPE, con los límites establecidos. La empresa no deberá pagar la cuota empresarial de los Seguros Sociales, con una condición: que mantenga el empleo durante 6 meses una vez reanudada la actividad.

Transcurridos 5 días desde la presentación, la empresa debe comunicar a los trabajadores el ERTE. Se aplica desde el hecho causante de la fuerza mayor.

1.- FICHA ESTADISTICAS Descarga

2.- RELACION-TRABAJADORES.GUARDABLEINFORME SUSPENSION DE CONTRATOS DERIVADOS POR FUERZA MAYOR Descarga

3.- SOLICITUD-REG-EMPLEO-causa-mayor Descarga

4- INFORME SUSPENSION DE CONTRATOS DERIVADOS POR FUERZA MAYOR Descarga

5- ITA – Informe de Trabajadores en Alta – Seguridad Social – 

6- IAE – Certificado de Hacienda

7- COMUNICACIÓN-TRABAJADORES-ERTE Descarga

Si crees que te podemos servir de ayuda, llámanos.

Javier Martín Laucirica

Javier Martín Laucirica

Teléfono  94 424 30 88

c/ Ibáñez de Bilbao, 9, 4º -48009 BIlbao

Avenida Zugazarte, – LAS ARENAS – 

 



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