Iva deducible cuando tu oficina está en tu casa
- 01/11/2018
- Posted by: Martín Laucirica
- Categoría: Fiscal
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Según la publicación de HAcienda de Bizkaia el tratamiento sobre la deducibilidad del IVA en los casos de utilizar una parte del espacio de tu casa para tu actividad es la siguiente:
www.bizkaia.eus/guregida
Nº Identificación: 900005558
Cualquier profesional o actividad empresarial ( abogado, arquitecto, economista, fontanero, constructor, electricista ……) que utilice una habitación de su vivienda como despacho, podrá deducir la cuota de IVA que soportó en la adquisición de su vivienda en el porcentaje que afecta a su actividad en la parte afectada a la actividad, siguiendo un criterio razonable de deducción (p.ej. en proporción a los metros cuadrados).
Nº Identificación: 900005559
Cualquier profesional o actividad empresarial que utilice una parte de su vivienda como despacho. ¿Es deducible la parte proporcional de IVA correspondiente a gastos tales como luz, agua, teléfono, conexión a internet, calefacción?
Iñigo Martín Laucirica