Iva deducible cuando tu oficina está en tu casa

 Según la publicación de HAcienda de Bizkaia el tratamiento sobre la deducibilidad del IVA en los casos de utilizar una parte del espacio de tu casa para tu actividad es la siguiente:
www.bizkaia.eus/guregida

Nº Identificación: 900005558

Cualquier profesional o actividad empresarial ( abogado, arquitecto, economista, fontanero, constructor, electricista ……) que utilice una habitación de su vivienda como despacho, podrá deducir la cuota de IVA que soportó en la adquisición de su vivienda en el porcentaje que afecta a su actividad en la parte afectada a la actividad, siguiendo un criterio razonable de deducción (p.ej. en proporción a los metros cuadrados).

Nº Identificación: 900005559

Cualquier profesional o actividad empresarial que utilice una parte de su vivienda como despacho. ¿Es deducible la parte proporcional de IVA correspondiente a gastos tales como luz, agua, teléfono, conexión a internet, calefacción?

En relación a la posible deducción de la parte proporcional de cuotas soportadas de IVA correspondientes a las facturas de agua, luz, calefacción, teléfono fijo, teléfono móvil derivadas de los suministros contratados en la vivienda, cabe deducir que dichos servicios no afectan directa y exclusivamente al desarrollo de su actividad profesional, toda vez que se prevé su utilización simultánea para satisfacer necesidades de la parte del edificio destinada a vivienda. En consecuencia, las cuotas soportadas por la prestación de dichos servicios no serán deducibles.

Iñigo Martín Laucirica



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