PAGO DIRECTO DEL TRABAJADOR. PUEDE PEDIRLO DIRECTAMENTE EL TRABAJADOR?
- 16/09/2022
- Posted by: Martín Laucirica
- Categories: Laboral, Sin categoría
1.- ¿ Podría pedir el trabajador el pago directo si no cobra de la empresa?
SÍ. EL TRABAJADOR DEBERÍA RELLENAR IMPRESO E INDICAR QUE PIDE EL PAGO DIRECTO POR INCUMPLIMIENTO EMPRESARIAL, YA QUE LA EMPRESA NO LE HA PAGADO LA NÓMINA.
2.- ¿ Cómo debería solicitarlo el trabajador?
DEBERÍA PORNERSE EN CONTACTO CON DEPARTAMENTO DE INCAPACIDAD TEMPORAL DE LA MUTUA O INSS. Y ENTREGARLES MODELO DE SOLICITUD.
3.- ¿ Debe hacer la empresa alguna gestión para que la Mutua o INSS pague al trabajador?
NO.
4.- ¿ Cabría la posibilidad de que se le imponga alguna sanción a la empresa por no pagar al trabajador la nómina?
EL CRITERIO GENERAL ES EL PAGO DELEGADO: ES LA EMPRESA QUIEN DEBE ABONAR LA NÓMINA.
LA MUTUA SUELE PONERSE EN CONTACTO CON LA EMPRESA CUANDO UN TRABAJADOR PIDE EL PAGO DIRECTO.
Y ANTES, POR LO MENOS, LA MUTUA SE PONÍA EN CONTACTO CON INSPECCIÓN, PARA INFORMAR DEL INCUMPLIMIENTO DE LA EMPRESA EN EL PAGO DELEGADO.
5.- ¿ A quién debe acudir el trabajador para el pago directo: a la Mutua o al INSS?
ENFERMEDAD PROFESIONAL O ACCIDENTE DE TRABAJO: A LA MUTUA.
ENFERMEDAD COMÚN: DEPENDE CON QUIEN SE TENGA LA COBERTURA DE CONTINGENCIAS COMUNES.
Javier Martín Laucirica
abogado
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