PLAZO DE PRESENTACIÓN de libro y deposito de cuentas en el Registro Mercantil

Plazo de presentación libro y deposito de cuentas en el Registro Mercantil

Fechas máximas para las Cuentas Anuales

 

1- Si el fin del estado de alarma se produce a las 00.00 horas día 10 de mayo de 2020 y el cierre contable se hubiera efectuado el 31 de diciembre de 2019, los plazos máximos serían los siguientes:

 

2- Plazo máximo para la formulación de las Cuentas Anuales por parte de los administradores:

9 de agosto de 2020. Pero no se prohíbe celebrarlas antes, incluso durante el periodo de alarma.

 

3- Plazo máximo para la aprobación de las Cuentas Anuales por parte de la Junta General de socios:

9 de noviembre de 2020.

 

-4 Plazo máximo para la legalización de libros oficiales:

Cuatro meses desde la finalización del estado de alarma: 9 de septiembre de 2020.

 

5- Plazo máximo para el depósito de Cuentas Anuales en el Registro Mercantil:

9 de diciembre de 2020, si las Cuentas Anuales se aprueban como máximo el 9 de noviembre de 2020.

Iñigo Martin Laucirica.



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