Tutor Legal: pasos

DESIGNACIÓN DE INCAPACIDAD

Intervendrá  el Juez en el nombramiento del tutor:

  • para casos de incapacitados
  • para casos de  menores que hayan perdido la patria potestad
  • para casos en que la designación hubiera sido realizada previamente en testamento o documento público por las personas autorizadas para ello

Además, el propio Juez y Fiscal podrán actuar como impulsores de oficio de la constitución de la tutela y del nombramiento de tutor, siempre que tuvieren conocimiento de que existe en el territorio de su jurisdicción alguna persona que deba ser sometida a tutela (Art. 228 Cc)

Así mismo, cualquier persona podrá poner en conocimiento del Ministerio Fiscal o de la Autoridad judicial competente el hecho determinante de la tutela (Art. 230 Cc), según establece el Código civil.

 

PASOS A DAR PARA DESIGNAR INCAPACIDAD

 

1º)  Se solicita la incapacidad de una persona. Puede ser de oficio o mediante algún  interesado.

2º) Se celebra un juicio y mediante sentencia se determinando la incapacidad nombrándose la persona designada como tutor.

3º) El tutor, si quiere delegar ciertos trabajos administrativos,  deberá otorgar poderes notariales al despacho de abogados para representar al tutor.

4º) Se elabora un inventario de todos los bienes de incapacitado y se entrega en el Juzgado.

5º) Si la persona incapacitada tiene bienes inmuebles en su inventario, el Juzgado libra mandamientos para inscribir en el  Registro de la Propiedad la debida Sentencia de limitación de la capacidad jurídica.

6º) Toda vez que la tutela ha sido aceptada por el tutor designado, mediante EDICTO se aprueba el inventario y  se exhorta al Registro Civil a fin de que se anote el nombramiento en la Sección de Tutelas.

Al Registro Civil o Juzgado de Paz se entrega:

  • Testimonio de la resolución de nombramiento de tutor.
  • Acta de aceptación del cargo
  • Datos relativos al tutor y al tutelado ( fotocopia DNIS)
  • Testimonio de este EDICTO

7º) Se recoge del Registro Civil (Juzgado de Paz) el Certificado de Nacimiento con la anotación marginal de incapacidad y tutor designado.

8º) Se entrega en el Registro de la Propiedad:

  • la escritura de designación de Tutor.
  • Certificado de Nacimiento con la inscripción del tutor.
  • Mandamientos por duplicado del Juzgado.

9º) Se espera a que el Registro de la Propiedad nos comunica que se pase a recoger la nota simple con la inscripción, y previo pago, se retira .

10º) Seguidamente, se remitirá al Juzgado toda esta documentación con un escrito dirigido al procedimiento de Tutela. Para ello, se depositará en el Registro del Juzgado de Primera Instancia (no en el Registro Civil).

11º) Una vez hecho esto, y en el plazo de tres meses, habrá  que presentar un informe de situación personal y rendición de cuentas, preparado por el tutor.

Elena Sánchez



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